¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

Si eres autónomo, es probable que te hayas cuestionado cuánto cobra un autónomo cuando está de baja. Las bajas de los autónomos suelen generar dudas, por lo que hemos decidido abordar este tema en nuestro artículo.

Es comúnmente conocido que los trabajadores por cuenta propia ponen todo su esfuerzo en sus negocios, pero también tienen necesidades humanas. Por eso es esencial aclarar los aspectos relacionados con sus ausencias laborales, desde los requisitos y duración hasta el monto de compensación.

¿Los autónomos pueden cobrar una prestación por estar de baja?

Los trabajadores autónomos tienen derecho a recibir una prestación económica cuando una causa les impida trabajar. En realidad, más que de una sola prestación por baja, se puede hablar de varios tipos de prestaciones (agrupadas bajo el concepto de baja laboral del autónomo).

Además, como veremos más adelante, cada una de las prestaciones tiene una cuantía diferente dependiendo de factores como la base de cotización.

Al igual que sucede con los trabajadores asalariados, el derecho a cobrar la baja laboral del autónomo está sujeto al cumplimiento de ciertas causas y requisitos que analizamos a continuación.

¿Desde cuándo cobra la baja un autónomo?

La prestación por incapacidad temporal para los autónomos se cobra desde el cuarto día de la baja médica.

  • Del primer al tercer día: El autónomo no recibe ninguna prestación económica.
  • Del cuarto al vigésimo día: El autónomo recibe el 60% de su base reguladora diaria.
  • A partir del vigésimo primer día: El autónomo recibe el 75% de su base reguladora diaria.

Requisitos para solicitar la prestación por la baja

Para poder solicitar la prestación por baja hay que cumplir una serie de requisitos, algunos generales y otros específicos.

En cualquiera de las prestaciones es necesario:

  1. Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  2. Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social. Aunque hay un margen de 30 días para subsanar las deudas si se da el caso.
  3. Informe médico que demuestre que hay motivo para solicitar la baja.

Además de estas condiciones específicas, cada prestación de los autónomos tiene algunos requisitos particulares. Por ejemplo, en el caso de la Incapacidad Temporal por enfermedad común, es necesario que el autónomo haya cotizado un mínimo de 180 días en los últimos cinco años.

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¿Cuánto cobra un autónomo por baja?

Una vez que se han explicado los supuestos y requisitos que generan la prestación en cuestión, es importante aclarar cuánto cobra de baja un autónomo. En realidad, no hay una respuesta única a esta pregunta, ya que el monto exacto dependerá de dos aspectos:

  1. La base de cotización del mes anterior a la solicitud: esta es la cantidad que los trabajadores por cuenta propia pagan mensualmente y que depende de sus ingresos netos (ingresos y gastos). Cuanto más alta sea, mayor será la cantidad que recibirá el autónomo por cada prestación.
  2. El tipo de baja: dependiendo de la causa que origine la baja, el monto a recibir oscilará entre el 55 % y el 175 % de la base de cotización.

Las cuantías que recibe un autónomo por baja pueden variar dependiendo del tipo de baja y de la base de cotización.

Baja por Maternidad o Paternidad

  • Cuantía: El autónomo recibe el 100% de la base reguladora.
  • Duración: La duración de la baja por maternidad es de 16 semanas (4 meses) ininterrumpidas, que se pueden ampliar en casos especiales (por ejemplo, en caso de parto múltiple).
  • Base reguladora: Es el promedio de las bases de cotización de los últimos 6 meses anteriores al mes previo al inicio de la baja.

Baja por Depresión

  • Cuantía:
    • Del cuarto al vigésimo día: 60% de la base reguladora diaria.
    • A partir del vigésimo primer día: 75% de la base reguladora diaria.
  • Duración: Depende de la evaluación médica y puede extenderse hasta un máximo de 365 días, prorrogables por otros 180 días si se considera necesario.

Baja por Enfermedad Común

  • Cuantía:
    • Del cuarto al vigésimo día: 60% de la base reguladora diaria.
    • A partir del vigésimo primer día: 75% de la base reguladora diaria.
  • Duración: Igual que la baja por depresión, hasta un máximo de 365 días, prorrogables por otros 180 días si se considera necesario.

Baja por Operación

  • Cuantía:
    • Del cuarto al vigésimo día: 60% de la base reguladora diaria.
    • A partir del vigésimo primer día: 75% de la base reguladora diaria.
  • Duración: Igual que la baja por depresión, hasta un máximo de 365 días, prorrogables por otros 180 días si se considera necesario.

Baja Laboral

  • Cuantía y Duración: La misma regla general se aplica aquí, con la cantidad y duración de la prestación dependiendo del motivo de la baja (enfermedad común, accidente laboral, etc.).

Baja por Embarazo

  • Cuantía: Las embarazadas pueden optar por la baja por riesgo durante el embarazo cuando la salud de la madre o del feto puede estar en peligro debido al trabajo.
    • El autónomo recibe el 100% de la base reguladora diaria desde el primer día de la baja.
  • Duración: Hasta que el embarazo ya no presente riesgos o hasta el inicio de la baja por maternidad.

¿En qué momento se acaba la prestación?

El periodo máximo por incapacidad temporal durante el cual un autónomo puede estar de baja y recibir la prestación es de un año y medio. Los primeros 365 días corresponden a la baja inicial, pero se puede extender hasta 180 días adicionales si existe una posibilidad real de recuperación.

Sin embargo, si el autónomo no puede reincorporarse a su actividad profesional, deberá solicitar una pensión por incapacidad permanente, lo cual conlleva los trámites y tiempos correspondientes. Esto puede resultar en un periodo en el que el autónomo no reciba ningún tipo de prestación.

Mientras se cobra la prestación (estando de baja), ¿se tiene que pagar la cuota de autónomos?

En base a lo que establece la ley, sí se tiene que pagar la cuota de autónomos, estando de baja, aunque solo durante los 2 primeros meses. A partir del tercero se está exento de hacerlo.

¿Por qué contratar un seguro de baja laboral para autónomos?

Contratar un seguro de baja laboral para autónomos ofrece múltiples ventajas. En primer lugar, asegura un flujo de ingresos continuo durante la baja por enfermedad o accidente, proporcionando una prestación adicional a la de la Seguridad Social. Estos seguros permiten ajustar la cobertura según las necesidades del autónomo, brindando seguridad financiera y permitiendo enfocarse en la recuperación sin preocupaciones económicas.

Además, algunos seguros incluyen la cobertura de gastos médicos y tratamientos, gestionan y abonan las prestaciones con mayor rapidez y ofrecen servicios extra como asesoramiento médico y rehabilitación. Todo esto ayuda a evitar deudas y problemas financieros, proporcionando estabilidad económica y apoyo integral durante periodos de incapacidad laboral.

En resumen, contar con un seguro de baja laboral es fundamental para los autónomos, ya que garantiza la continuidad de los ingresos, proporciona una cobertura complementaria a la Seguridad Social y ofrece tranquilidad financiera durante periodos de incapacidad.

Estos seguros suelen incluir beneficios adicionales como cobertura de gastos médicos y servicios de rehabilitación, asegurando una recuperación sin preocupaciones económicas. Para aquellos interesados en encontrar la mejor opción, ponemos a disposición nuestro comparador de seguros de baja laboral, facilitando así la elección del seguro que mejor se adapte a sus necesidades y circunstancias.

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