Segunda Opinión Médica: ¿Qué es? ¿Cómo funciona?
ÍNDICE
- ¿Cómo solicitar una segunda opinión?
- ¿Cuándo pedir una segunda opinión médica?
- ¿Se puede pedir una segunda opinion medica en la seguridad social?
- ¿Existen restricciones para ejercer el derecho a una segunda opinión médica?
- ¿Es posible solicitar la segunda opinión médica fuera de la comunidad autónoma?
- ¿Se incluye la segunda opinión médica en el seguro médico?
- ¿Qué aseguradoras incluyen la segunda opinión médica?
La segunda opinión médica es el informe facultativo emitido como consecuencia de la solicitud realizada por los usuarios pacientes, con el fin de contrastar un primer diagnóstico completo o propuesta terapéutica para facilitar al paciente una mayor información sobre la inicialmente recibida.
Los pacientes pueden optar por una segunda opinión médica si se enfrentan a un nuevo diagnóstico o una propuesta terapéutica recomendada porque a veces esto puede causar confusión y una segunda opinión puede tranquilizarlos.
Existen también algunas situaciones particulares en las que se suele buscar una segunda opinión médica:
- Si el posible tratamiento es arriesgado y puede cambiar la vida o si el diagnóstico es potencialmente mortal.
- Si el diagnóstico no es claro.
- Si se está planteando un nuevo enfoque de un tratamiento experimental.
Los objetivos para obtener una segunda opinión médica son:
- Confirmar si un diagnóstico es correcto y/o apropiado.
- Confirmar si un tratamiento propuesto es correcto y/o apropiado.
- Para comparar la información recibida de cada médico y de este modo poder tomar una decisión elaborada, en ocasiones una segunda opinión médica puede descartar la necesidad de pasar por un posible procedimiento invasivo innecesario.
¿Cómo solicitar una segunda opinión?
La solicitud de segunda opinión médica se tramitan a través de los servicios de atención y admisión de los hospitales implicados.
Estas solicitudes no se pueden denegar. No obstante, el facultativo elegido, o el jefe del Servicio (en caso de que no se elija facultativo sino hospital), podrán emitir la segunda opinión sin citar al paciente, en base a la documentación disponible, si estima que disponen de información suficiente para ello.
Cabe señalar que la segunda opinión médica se puede solicitar en otro centro médico privado o en la seguridad social ya que es habitual que se inicie la consulta médica en el sistema público y la segunda opinión se realice por lo privado, y viceversa.
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QUIERO SABER EL PRECIO¿Cuándo pedir una segunda opinión médica?
- Confirmación diagnóstica de enfermedad degenerativa progresiva sin tratamiento curativo o con tumoración del sistema nervioso central o de una enfermedad neoplásica maligna, incluido el melanoma. Se exceptúan los cánceres de piel.
- Confirmación diagnóstica de enfermedad inflamatoria intestinal, cuando el tratamiento propuesto sea inmunosupresor o quirúrgico.
- Confirmación de alternativas terapéuticas de neoplasias malignas, excepto los cánceres de piel que no sean el melanoma.
- Propuesta terapéutica para enfermedad coronaria avanzada de angioplastia simple o múltiple frente a cirugía cardiaca coronaria convencional.
- Propuesta de cirugía coronaria convencional en situación de riesgo, con o sin circulación extracorpórea, frente a revascularización transmiocárdica con láser, neo angiogénesis o trasplante.
- Cardiopatía congénita con indicación de cierre o ampliación de defecto congénito por técnica de cardiología intervencionista frente a cirugía convencional.
- Necesidad de trasplante.
- Propuesta de tratamiento quirúrgico en escoliosis de grado mayor, idiopática o no idiopática.
- Confirmación de diagnóstico de enfermedad rara. Se considera enfermedad rara aquella enfermedad potencialmente mortal o debilitante a largo plazo, con alto nivel de complejidad y que tiene una prevalencia inferior a cinco casos por diez mil habitantes.
¿Se puede pedir una segunda opinion medica en la seguridad social?
En España, es posible solicitar una segunda opinión médica en el sistema de seguridad social. El derecho a solicitar una segunda opinión está reconocido en la Ley General de Sanidad y se encuentra regulado por el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Entre los derechos como paciente de la sanidad pública, independientemente de la comunidad autónoma en la que se resida, se encuentra la segunda opinión médica. Esto se traduce como el derecho a obtener un segundo diagnóstico completo por parte de un médico diferente al que realizó el primer informe diagnóstico. Podrás decirselo a tu médico, expresándole tus dudas sobre algún diagnóstico o tratamiento previsto y solicitándole este derecho a la 2ª opinión médica.
Una vez solicitado, tu médico de atención primaria tiene que emitir un mandato o derivación para que te vea otro especialista dentro del sistema público, en ese momento elegirás el espcalista al que quieres acudir.
Pese a que, se trata de un derecho que se tiene como paciente independientemente del lugar de residencia, la regulación de este derecho es competencia de las comunidades autónomas, por lo que podemos encontrar diferencias según dónde se requiera realizar el ejercicio del derecho.
Este derecho está regido por las comunidades, y estas pueden hacer variaciones en asuntos como las tasas o tiempos de espera. Es posible que se apliquen ciertos copagos o tasas administrativas establecidas por la comunidad autónoma correspondiente o que varíen los plazos y tiempos de espera para obtener la segunda, también dependiendo de la especialidad médica.
¿Existen restricciones para ejercer el derecho a una segunda opinión médica?
La respuesta es sí. Cada comunidad autónoma recoge en sus Decretos las circunstancias que pueden motivar la solicitud de segunda opinión médica. Esto quiere decir que no por cualquier diagnóstico el paciente podrá solicitar la confirmación del mismo por otro especialista médico.
Para saber qué enfermedades entran dentro de ese listado que permite hacer uso del derecho a segunda opinión médica, hay que acudir a cada uno de los Decretos o normativas donde las autonomías desarrollan este derecho, pues pese a que encontramos grandes similitudes entre todas ellas, sí existen diferencias según cada comunidad, si bien ese listado de enfermedades suelen ser consideradas de carácter muy grave o cuyo tratamiento puede suponer un riesgo vital para el paciente.
¿Es posible solicitar la segunda opinión médica fuera de la comunidad autónoma?
En principio la segunda opinión médica se ofrecerá dentro de la misma Comunidad Autónoma. No obstante, si sólo existe un centro con la especialidad correspondiente, se puede solicitar que la segunda opinión se realice en un centro concertado o en un centro público de otra Comunidad.
¿Se incluye la segunda opinión médica en el seguro médico?
Muchas aseguradoras incluyen este trámite dentro de las coberturas de las pólizas médicas. El objetivo de este servicio es facilitar y simplificar el procedimiento para solicitar una segunda opinión médica.
Lo habitual es que dispongan de un teléfono de asistencia sanitaria para solicitar este servicio y que demanden a su vez al cliente que les envíe su historial clínico y rellene un cuestionario médico antes de poner esta cobertura a su disposición.
Gracias a esta cobertura el asegurado podrá tener a su disposición de nuevo al cuadro médico asociado a su compañía, siendo otra vez evaluado por un equipo de prestigio y alto valor profesional que le permita clarificar el diagnóstico obtenido y establecer con aún mayor certeza el tratamiento más apropiado.
¿Qué aseguradoras incluyen la segunda opinión médica?
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Es una cobertura que ha ido ganando importancia y cada vez más aseguradoras la han incluido en sus pólizas. Aseguradoras como Asisa, DKV, Aegon o FIATC ya prestan este servicio a sus cliente, en cambio, compañías importantes como Asefa o Adeslas aún no lo cubren. Por lo que si estás realmente interesado en esta cobertura, deberás revisar la comparativa y las coberturas que ofrece cada seguro médico.
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