Seguros de vida

Seguros de Vida Fiatc

Seguro de Vida Fiatc
  • Protección para el asegurado y para sus seres queridos
  • Posibilidad de duplicar y triplicar el capital
  • Cubre el fallecimiento o invalidez
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Si lo que está buscando es una manera de asegurar el futuro de su familia, de evitarles mayores tragedias en caso de fallecimiento y lo que quiere es garantizar la estabilidad económica de sus seres queridos, FIATC le da esa oportunidad.
Su seguro de vida protegerá a los beneficiarios que usted escoja tras el fallecimiento por cualquier causa, dándoles una cantidad de dinero para sobrellevar el golpe, además de duplicar o triplicar la indemnización en alguna circunstancia especial.

Seguro de Vida Fiatc
Seguro de Vida Fiatc

En FIATC también se protege al asegurado y no solo a sus beneficiarios, ofrece coberturas para que situaciones complicadas pueda sobrellevarlas de una manera más agradable, por eso le cubren las situaciones de invalidez permanente y le dan la oportunidad de disfrutar anticipadamente del capital garantizado, así como le duplican y triplican ese capital en casos de accidente o accidente de circulación.


¿Qué cubre el seguro de vida Fiatc?

Coberturas obligatorias:

Fallecimiento

Si el asegurado fallece por enfermedad o accidente, FIATC abonará la indemnización pactada a los beneficiarios, esta cobertura tiene estas posibilidades:

  • Posibilidad de anticipo del capital para organizar el servicio de sepelio hasta 4.500€.
  • Doble capital si fallecen en el mismo accidente el asegurado y su cónyuge, dejando hijos menores de 18 años huérfanos.
  • Aumento del 20% del capital si el fallecimiento es por atraco, secuestro o acto criminal.

Coberturas opcionales:

  • Anticipo por invalidez absoluta y permanente. Si el asegurado sufriera un accidente que le dejara en estado de invalidez absoluta y permanente, se le podrá adelantar el capital contratado.
  • Anticipo por enfermedad grave. En caso de que el asegurado sufra una enfermedad grave como cáncer o infarto, se le puede adelantar parte del capital asegurado.
  • Doble capital por fallecimiento accidental. Si el fallecimiento es un accidente, sus beneficiarios cobrarían el doble del capital asegurado.
  • Doble capital de anticipo por invalidez absoluta y permanente accidental. Si el estado de invalidez del asegurado se produjera por un accidente, el anticipo que se le daría sería el doble de lo que marca la póliza.
  • Triple capital por fallecimiento en accidente de tráfico. Si el fallecimiento se produce en un accidente de circulación, la indemnización para los beneficiarios sería el triple de lo estipulado.
  • Triple capital de anticipo por invalidez absoluta y permanente en accidente de tráfico. Si el asegurado sufre un accidente que le deja invalido absoluta y permanentemente, cobrará el triple del capital que tenga contratado.